Atento al pago del Impuesto de Timbres y Estampillas
La aspiración de diversos sectores ha sido la de derogarlo.
Fecha de publicación
2013-07-15
Escrito por
El impuesto de timbres y estampillas es un tributo que se paga cada vez que una persona (natural o jurídica) solicita un crédito. Esta obligación también incluye las repactaciones de créditos y los protestos de cheques, entre otros.
Cuando se trata de un crédito, el impuesto lo paga el deudor, y equivale al 0,033% del monto del préstamo por cada cuota que éste contempla, no pudiendo exceder del 0,4% del valor total del crédito. Por ejemplo, si pide uno por 1 millón de pesos, el monto máximo que tendría que pagar por concepto de este impuesto es del 0,4% de un millón, o lo que es lo mismo, $ 4.000. Este costo debo considerarlo al momento de evaluar el crédito a solicitar.
El impuesto de timbres y estampillas ha sido modificado en distintos períodos. Por ejemplo, ha sido rebajado (incluso hasta llevarlo a cero) en ciclos de recesión, con la idea de disminuir los costos del crédito, aliviar a los deudores e incentivar la actividad económica.
La aspiración de diversos sectores, sin embargo, ha sido la de derogarlo definitivamente, ya que encarece artificialmente el crédito y reduce la competencia en el mercado, perjudicando a los deudores.
Actualmente se tramita un proyecto presentado por el gobierno para rebajar su tasa máxima desde 0,4% a 0,2%.
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