Sepa qué pasos seguir si no le pagan una factura
Esta semana se cumplen dos meses desde la entrada en vigencia de la Ley de Pago a 30 Días
Los documentos vencidos están sujetos a una comisión moratoria e intereses por los retrasos.
Fecha de publicación
2019-07-15
Escrito por
Ciro Colombara C.
El 16 de julio se cumplen dos meses de la entrada en vigencia de la Ley de Pago a 30 días, que establece en esta primera etapa un plazo máximo de 60 días corridos para que las empresas del sector privado paguen las facturas. ¿Qué sucede si una compañía no hace este pago, por ejemplo de un documento emitido a partir del 16 de mayo? Carolina Undurraga, Seremi de Economía, Fomento y Turismo de la Región Metropolitana, explica que la ley contempla la generación de intereses por retraso, además de una comisión moratoria. "Ese interés es cercano al 14.5% anual, mientras la comisión moratoria es del 1% del saldo insoluto de la factura. Por ejemplo, si tengo un documento de $1.000.000 que vence el 17 de julio y que es pagado con 30 días de atraso, generará un interés de $12.000 y una multa de $10.000. Como nadie quiere pagar de más, creemos que las sanciones incentivarán el pago a tiempo".
-En el caso de empresas que de todas maneras incumplan, ¿a qué tipo de problemas legales se exponen?
-De acuerdo a la Ley 19.983 la factura tiene mérito ejecutivo. Ello facilita su cobro porque se puede acceder a un juicio ejecutivo en contra del deudor, con plazos reducidos y posibilidades de embargo de sus bienes. En segundo lugar, la Ley de Pago a 30 días establece que un incumplimiento sistemático de los plazos de pago podrían calificarse como competencia desleal y, por ende, sujetas a la jurisdicción del sistema de defensa de la libre competencia.
Respecto a las disposiciones de la ley que faltan que entren en vigencia, Carolina Undurraga detalla que una de ellas es la obligatoriedad de la Guía de Despacho Electrónica, establecida para el 16 de enero del próximo año. ¿Será un desafío para las pymes? "Incorporarse a la tecnología o a la digitalización no será un problema ya que sabemos la importancia que tiene para ellas. Yo he tomado el desafío de poner en marcha en la Región Metropolitana el programa Digitaliza tu Pyme, que lidera el ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y que busca principalmente subir a las pequeñas y medianas empresas al carro de la digitalización. Consideramos de mucha importancia la emisión de este tipo de guías de despacho ya que ayudarán a hacer más simple el proceso de cobro".
Otras fechas vitales son el 16 de febrero de 2021 y el 1 de junio de 2022. "A partir de la primera fecha, todo el sector privado deberá pagar como máximo a 30 días. A partir de la segunda, en tanto, se suma todo el sector público al pago a 30 días", agrega Undurraga.
Un beneficio para las empresas de todos los tamaños
Según datos que entrega Carolina Undurraga, en Chile hay cerca de 946.000 pymes, que representan el 98,6% del total de empresas constituidas. "Si bien esperamos que ellas sean las mayores beneficiadas, pues son las que requieren de mayor liquidez para sobrevivir, la ley viene a emparejar la cancha tanto para grandes como pequeños. No debemos olvidar que esta normativa aplica para cualquier compañía y para cualquier factura emitida en el territorio nacional".
"El cobro se facilita porque se puede acceder a un juicio ejecutivo en contra del deudor", explica Undurraga.