Ayudan a las pymes a salir de su crisis financiera

Defensa Deudores y campaña "Partir de Cero"

Este estudio jurídico informa sobre los alcances de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, además de asesorar a quienes deseen acogerse a dicha normativa.  

Fecha de publicación

2015-11-09

Escrito por


Ciro Colombara C. 


Por todos lados se escucha que el camino del emprendimiento, si bien trae grandes satisfacciones, no es para nada fácil. En el caso de nuestro país, hay rutas que tradicionalmente han sido aún más pedregosas, como las que deben recorrer quienes han debido cerrar sus negocios por malos resultados y que encuentran una serie de dificultades para volver a emprender. En octubre del año pasado, eso sí, la promulgación de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento (Ley 20.720) generó las condiciones para que dicho camino fuera mucho más transitable, aunque al día de hoy el número de personas y empresas que han hecho uso de ellas es bajo.
Ricardo Ibáñez, abogado de Defensa Deudores, cree que existe bastante desinformación en la ciudadanía sobre los alcances de esta ley. "Hay estudios que dice que existen más de 350 mil chilenos que por sus condiciones económicas podrían someterse a los procedimientos de dicha normativa y, a un año de su funcionamiento, solo se han recibido dos mil solicitudes. Eso explica el desarrollo de una campaña que creamos llamada "Partir de Cero", que busca que la gente pueda informarse de los detalles de la ley y, a la vez, dar una mano a quienes estén pasando por una situación complicada para que solucionen el problema y puedan más adelante volver a emprender".
Ibáñez agrega que ofrecen una primera consulta gratuita, en donde los profesionales del estudio jurídico analizan el panorama de los empresarios y les comentan los posibles pasos a seguir para lograr una rehabilitación financiera (contacto a través de la página web http://www.partirdecero.cl).
-¿El procedimiento que deben seguir los empresarios es similar al que se establece para las personas naturales?
-No. La Ley de Insolvencia y Reemprendimiento establece para las personas naturales un procedimiento administrativo y también una serie de requisitos para optar a él. Para las personas jurídicas, como por ejemplo una pyme, hay un procedimiento judicial, que se lleva a cabo en un tribunal, lo que significa que debe ser asesorada por un abogado. Es importante mencionar que nosotros somos expertos en esta línea de trabajo y que podemos asesorar de buena manera a los pequeños empresarios. Para ello, ofrecemos diversas modalidades de pago.
-¿Y cuáles son las alternativas que ofrece la ley a las empresas que tienen graves problemas de deudas?
-Son dos. Uno se llama Procedimiento Concursal de Reorganización, en donde se va estableciendo un determinado camino para que pueda pagar sus compromisos económicos, por ejemplo a través de un mayor plazo para que cancele sus deudas o una condonación de sus intereses, entre otros. La segunda alternativa es el Procedimiento Concursal de Liquidación, que fija un mecanismo para que la empresa se pueda liquidar de manera mucho más veloz de lo que era antiguamente, quedando con sus informes comerciales limpios. De hecho, en ambos casos, la ley establece que los procedimientos debieran extenderse como máximo por un año.





Renegociando sin presiones


Un punto importante que destaca el abogado Ricardo Ibáñez es que la ley establece para quienes estén llevando a cabo los procedimientos una figura llamada Protección Financiera Concursal. "En términos simples, significa que la empresa tiene una especie de paraguas que la protege durante el periodo en que se está reorganizando de embargos, remates y otras acciones similares. Sin duda es de gran relevancia ya que así puede negociar de forma tranquila y rearmarse, dejando de lado por ejemplo la presión de llamados telefónicos o avisos de las empresas de cobranza". "Hay desconocimiento sobre los beneficios de la ley", comenta Ibáñez.

"Hay desconocimiento sobre los beneficios de la ley", comenta Ibáñez.

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